Recomendaciones para la producción de narrativas digitales interactivas
destinadas a infancias y adolescencias con enfoques en derechos
Acerca de este proceso
Estas recomendaciones se desprenden de las últimas investigaciones1 de camporealizadas por el MINILAB Pakapaka, en articulación con Institutos de Formación Docente de la Provincia de Buenos Aires, basadas en observaciones, entrevistas en profundidad y análisis de las representaciones de las narrativas digitales destinadas a las infancias. Allí se focalizó en los consumos culturales interactivos, se indagó sobre nuevas formas de narrar y acerca de las estrategias que desarrollan una nueva producción del sentido común en la continuidad on/off line, en el contexto de vida de las infancias y adolescencias con conectividad.
Estas recomendaciones se desprenden de las últimas investigaciones de camporealizadas por el MINILAB Pakapaka, en articulación con Institutos de Formación Docente de la Provincia de Buenos Aires, basadas en observaciones, entrevistas en profundidad y análisis de las representaciones de las narrativas digitales destinadas a las infancias. Allí se focalizó en los consumos culturales interactivos, se indagó sobre nuevas formas de narrar y acerca de las estrategias que desarrollan una nueva producción del sentido común en la continuidad on/off line, en el contexto de vida de las infancias y adolescencias con conectividad.Paralelamente, se toma en cuenta el trabajo desarrollado por la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual en áreas como la de Alfabetización Mediática e Informacional y la de Niñez, Juventud y Medios, que con una perspectiva de derechos despliegan una serie de prácticas y saberes para avanzar en la protección de las audiencias en el escenario comunicacional, incluyendo las plataformas digitales y los procesos de producción y consumo en los que están inmersas. A su vez, este documento presenta una síntesis del debate entre áreas de gobierno, instituciones,organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales, que hicieron aportes en pos del ejercicio pleno de los derechos de las infancias y adolescencias.Las propuestas y sugerencias que contemplan instrumentos de supervisión y control de las acciones de niñas, niños y adolescentes en los ambientes digitales, así como propuestas de limitaciones a contenidos que se consideran nocivos y a interacciones que exponen a peligros, de ninguna manera contradicen el derecho esencial de chicas y chicos a la libertad de expresión, a difundir sus opiniones, a expandir su imaginación y su creatividad y a usar este universo para hacer oír su voz y su visión del mundo. Son necesarios y son posibles mecanismos de protección y cuidado sin afectar estos derechos esenciales para la vida en democracia.Estas recomendaciones se inscriben en las garantías establecidas por la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el Código Civil y Comercial de la Nación, la Observación General núm. 25 (2021) relativa a los derechos de las infancias y adolescencias en relación con el entorno digital de Naciones Unidas, la Ley No 27.590 “Mica Ortega” y su Decreto 407/2022 de reglamentación, que crean el Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes yel Proyecto de actualización de la Ley de Protección de Datos Personales. Además,se considera lo propuesto en la Carta de Derechos digitales de España, el Manifiesto sobre el derecho al juego digital de ARSGAMES, las recomendaciones de la UNESCO “Por un internet confiable - Hacia unas directrices para regular las plataformas digitales para la información como bien común (2023)”, las guías que posee sobre el tema UNICEF, las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y la nueva Ley de Servicios Digitales de la Unión Europea, promulgada recientemente.
Compartir: